Desde el 01-01-2023 se establece la obligación de declarar en cualquier caso para todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el RETA o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.


El Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad, que entrará en vigor el día 1 de enero de 2023, contempla un nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos, basado en los rendimientos netos, pero también recoge algunas novedades fiscales, que podrían resumirse del siguiente modo:

  • Se aclara la aplicación de la deducción del artículo 38 ter de la LIS por parte de la persona trabajadora autónoma con trabajadores a su cargo.
  • Se establece la obligación de declarar para todas las personas físicas que hubiesen estado de alta en cualquier momento del período impositivo como autónomos en el RETA o el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
  • Se incluye la comprobación de los regímenes tributarios especiales como competencia de los órganos de gestión tributaria.

Obligación de declarar en el IRPF 

Estarán en cualquier caso obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.