El Gobierno ha aprobado el Anteproyecto de ley para la reforma de la Ley de Dependencia y Discapacidad, una iniciativa que busca mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad y sus familias, eliminando barreras y garantizando derechos esenciales. Esta reforma introduce importantes avances en materia de dependencia, accesibilidad y otros derechos fundamentales.
El Consejo de Ministros en su reunión del 11 de febrero de 2025, ha aprobado el Anteproyecto de Ley para la reforma de la Ley de Dependencia y Discapacidad, que busca mejorar la calidad de vida de las personas con necesidades de apoyo y sus familias. Esta iniciativa introduce cambios sustanciales en materia de accesibilidad, atención personalizada y derechos fundamentales, eliminando barreras burocráticas y permitiendo una mayor flexibilidad en la elección de prestaciones y servicio
1. Principales objetivos de la reforma
La nueva normativa tiene como propósito:
- Garantizar el acceso universal a la teleasistencia y otros servicios esenciales.
 - Eliminar incompatibilidades entre prestaciones para una mayor personalización.
 - Agilizar los trámites administrativos y reducir la burocracia.
 - Crear un marco normativo que refuerce la accesibilidad en espacios públicos y privados.
 - Establecer derechos adicionales para personas con dependencia y discapacidad.
 
2. Cambios clave en la Ley de Dependencia
2.1. Ampliación de los derechos de las personas dependientes
- Acceso universal a la teleasistencia: Todas las personas en situación de dependencia tendrán derecho a este servicio, sin restricciones presupuestarias.
 - Flexibilización del Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD): Se amplían las funciones de los profesionales del SAD para incluir acompañamientos a citas médicas y gestiones cotidianas.
 - Compatibilidad de prestaciones: Se elimina el régimen de incompatibilidades entre servicios, permitiendo que los beneficiarios combinen distintas ayudas según sus necesidades.
 - Eliminación del periodo de carencia en la Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar (PCEF): Los beneficiarios podrán acceder a esta ayuda sin el requisito previo de dos años.
 - Reconocimiento de cuidadores no profesionales: Ahora, los amigos de la persona dependiente podrán ser reconocidos oficialmente como cuidadores.
 
2.2. Cambios en la evaluación económica y penalizaciones
- La vivienda habitual deja de computar como patrimonio para el cálculo de prestaciones.
 - No habrá sanciones para quienes rechacen servicios no adaptados a sus necesidades, como una plaza de residencia que no les convenza.
 
2.3. Participación en el Plan Individual de Atención (PIA)
- Se otorga a las personas dependientes el derecho a intervenir en la elaboración de su PIA, asegurando su autonomía en la toma de decisiones.
 - Se eliminan los recortes económicos en la prestación de servicios y ayudas.
 
2.4. Asistencia personal y procesos administrativos
- La asistencia personal deja de ser una prestación y pasa a considerarse un servicio, aunque cada comunidad autónoma decidirá su implementación.
 - Se agilizarán los trámites para personas en especial vulnerabilidad, estableciendo procesos de urgencia.
 - Los profesionales de centros de mayores deberán presentar un certificado de delitos sexuales para reforzar la seguridad de los residentes.
 
3. Reforma en accesibilidad: un derecho garantizado
3.1. Creación del Fondo Estatal de Accesibilidad Universal
- Se destinarán recursos estatales para financiar la eliminación de barreras arquitectónicas en viviendas y edificios públicos.
 
3.2. Cambios en la Ley de Propiedad Horizontal
- Obligación de realizar obras de accesibilidad en edificios donde residan personas con discapacidad.
 - Subvenciones y ayudas estatales para la adaptación de viviendas y comunidades de vecinos.
 - Ampliación del plazo de pago de las cuotas para sufragar obras de accesibilidad.
 
4. Reforma de la Ley de Discapacidad
4.1. Eliminación de discriminaciones en seguros
- Se prohíbe a las aseguradoras rechazar la contratación de seguros de salud o de vida a personas con discapacidad.
 
4.2. Tecnología y accesibilidad
- Se supervisará el desarrollo de inteligencia artificial para evitar sesgos discriminatorios.
 - Se designará a las personas con discapacidad como grupo de interés preferente en ciencia y tecnología.
 
4.3. Protección de colectivos vulnerables
- Se garantizará el acceso a servicios de atención temprana para niños con discapacidad.
 - Se reforzará la protección de mujeres con discapacidad en materia de salud sexual y reproductiva.
 
Resumen de la reforma
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 Ámbito  | 
 Novedades  | 
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 Dependencia  | 
 – Teleasistencia reconocida como derecho. – Ampliación del Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD) para incluir acompañamientos y gestiones. – Posibilidad de combinar varias prestaciones sin incompatibilidades. – Eliminación del periodo de carencia de dos años para acceder a la Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar (PCEF). – Se permite que amigos puedan ser cuidadores no profesionales.  | 
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 Cálculo de capacidad económica  | 
 – La vivienda habitual deja de computar para determinar la capacidad económica del beneficiario. – No habrá sanciones para quienes rechacen servicios que no se ajusten a sus necesidades.  | 
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 Plan Individual de Atención (PIA)  | 
 – Derecho garantizado a participar en la elaboración del PIA.  | 
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 Asistencia Personal  | 
 – Deja de ser una prestación y pasa a ser un servicio (dependiendo de cada comunidad autónoma).  | 
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 Procesos administrativos  | 
 – Tramitación urgente para personas en especial vulnerabilidad.  | 
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 Seguridad en centros de mayores  | 
 – Exigencia de certificado de delitos sexuales para profesionales que trabajen con personas dependientes.  | 
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 Accesibilidad  | 
 – Creación del Fondo Estatal de Accesibilidad Universal. – Reforma de la Ley de Propiedad Horizontal para obligar a realizar obras de accesibilidad en edificios con personas con discapacidad.  | 
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 Subvenciones  | 
 – Ayudas estatales para la adaptación de viviendas. – Ampliación del plazo de pago para sufragar obras de accesibilidad en comunidades de vecinos.  | 
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 Atención integral  | 
 – Coordinación entre los servicios sanitarios y sociales para una atención más efectiva.  | 
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 Derechos de las personas con discapacidad  | 
 – Se prohíbe la discriminación en la contratación de seguros de salud y vida.  | 
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 Uso de tecnología  | 
 – Supervisión de la inteligencia artificial para evitar sesgos discriminatorios.  | 
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 Enfoque de género y atención temprana  | 
 – Garantía de derechos específicos para mujeres con discapacidad. – Desarrollo de servicios de atención temprana para niños y niñas con discapacidad.  | 
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